Comisión de Ordenación Académica
Las convocatorias de la Comisión de Ordenación Académica y el plazo máximo de presentación de solicitudes y documentación solicitada, serán publicadas en la página web de la Escuela. Estará compuesta por profesores y alumnos en la proporción definida por la Junta de Escuela o Facultad y sus funciones serán, al menos, las siguientes:
- Informar la programación docente propuesta por los Departamentos y proponer a la Junta de Escuela o Facultad la organización de la misma y la distribución de las evaluaciones y exámenes.
- Organizar con los Departamentos, cuando así lo acuerde la Junta de Escuela o Facultad, un sistema de tutela de la actividad académica de los estudiantes.
- Valorar los posibles casos de solape de contenidos de disciplinas, o de lagunas en los requisitos de asignaturas posteriores.
- Mediar en los conflictos derivados de la actividad docente en la Escuela o Facultad.
- Asumir cualesquiera competencias que la Junta de Escuela o Facultad delegue en ella y la normativa le confiera.
En nuestro caso, la Junta de Escuela acordó que la composición sea la siguiente: como miembros natos, el Director, el Secretario Académico, un Subdirector designado por el Director, el Delegado de Alumnos o Representante de Alumnos en quien delegue, y otro Representante de Alumnos. Los seis miembros restantes serán electos, cuatro pertenecientes al grupo de «Profesorado con vinculación permanente» , uno al grupo «Resto de Profesorado y Personal de Investigación» y uno del grupo «Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios».
Asimismo la Junta acordó que la Comisión fuese competente en todos los temas señalados en los anteriores y todos otros aquellos que estén relacionados con la docencia y la organización académica, actuando en todo caso como asesora de la propia Junta en quien reside la capacidad decisoria.